El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Ariel Alexander Galaz Naranjo y Paola Aurora Ahumada Jiménez a las penas de 7 años y 184 días y 5 años y un día de presidio efectivo, respectivamente, en calidad de autores del delito consumado de robo en lugar habitado. Ilícito perpetrado en mayo del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 3-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Gloria Calvo Godoy (presidenta), Raúl Baldomino Díaz y Hernán González Muñoz (redactor)– aplicó, además, a Galaz Naranjo y Ahumada Jiménez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 12.45 horas del 11 de mayo de 2020, Galaz Naranjo y Ahumada Jiménez llegaron al domicilio de la víctima N.J.B.M., ubicado en Callejón Los Kirlos del sector La Cruz de Rancagua, quien salió a efectuar compras a un supermercado, lo que fue aprovechado por los acusados para ingresar a su domicilio, escalando el cierre perimetral, para luego romper una malla de protección de la puerta de la casa, procediendo en el interior a tomar y apropiarse de diversas especies, entre ellas: un televisor, una mochila y joyas, para luego salir del inmueble con dichas especies en su poder, huyendo del lugar, hasta ser detenidos momentos después, a pocas cuadras del inmueble afectado por personal de Carabineros.
En la determinación de las penas a imponer a los sentenciado, el tribunal tuvo presente que a Galaz Naranjo lo perjudica la agravante del artículo 12 Nº 16 del Código Penal, por haber sido condenado con anterioridad por un delito de la misma especie.