El 16 de julio de 1884, bajo el Gobierno de Don Domingo Santa María y con Don José Manuel Balmaceda como Ministro del Interior, se publica la Ley sobre Registro Civil. Con ella se crea el cargo de Oficial de Registro Civil, a quien se le encomienda llevar por duplicado el Registro de Nacimientos, el Registro de Matrimonios y el Registro de Defunciones. En esos libros quedan plasmados los datos de estos tres sucesos fundamentales que se relacionan con la constitución legal de la familia.
Esta Ley sobre Registro Civil, que forma parte de las llamadas Leyes Laicas, conforma un cuerpo legal bastante adelantado para su época, pues desarrolla los espacios fundamentales de una Ley orgánica moderna al contemplar la estructura funcional y territorial del Servicio de Registro Civil e Identificación. Además establece normas relativas al personal, al control y a la fiscalización.